La Confederación General del Trabajo de la República Argentina obtuvo un fallo favorable en el fuero laboral tras su presentación contra artículos clave de la Ley de Reforma Laboral N.º 27.802. La resolución, dictada por la Cámara Nacional del Trabajo, hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por la central obrera.
En el texto judicial se dispuso suspender la vigencia de los artículos cuestionados de la ley, al considerar los argumentos expuestos en los considerandos del fallo. Asimismo, se estableció que las costas y honorarios serán definidos en la sentencia definitiva.
El tribunal ordenó además registrar la decisión en el Registro Público de Procesos Colectivos, notificar a las partes y al fiscal interviniente, y correr traslado conforme al artículo 8 de la Ley 26.854 al Estado Nacional, demandado en la causa.
Texto resolutivo del fuero laboral nacional. » RESUELVO: (1) Hacer lugar a la medida cautelar innovativa planteada por la
CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT RA), contra el ESTADO NACIONAL – PODER EJECUTIVO NACIONAL -PEN-, suspendiendo la vigencia de la ley 27802, en los artículos referidos en los considerandos de esta sentencia; (2) las costas y
honorarios se determinarán con la sentencia definitiva.
La medida representa un freno parcial a la aplicación de la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo, en un escenario de alta tensión entre el Gobierno y los principales sindicatos del país.
Los articulos suspendidos cautelarmente son: artículos 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32,
33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56, 57 de la Ley 27.802, que modifican normas de la Ley de Contrato de Trabajo Ley N° 20.744 (t.o. 1976); el Título II, Artículos 58 a 77 Ley 27.802; 79 que sustituye artículo 20 Ley 18.345; arts. 100 y 208 que sustituye los arts. 3 y 6 Ley
11.544, 101 que sustituye articulo 24 Ley 25.877; 111 que sustituye el Artículo 12 de la Ley 26727; los artículos 131, 132, 133, 134, 135, 136 que modifican normas de la Ley 14.250; 137 que modifica la Ley 26.802; 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, que
sustituyen normas de la Ley 23.551; 149 que sustituye articulo 4 Ley 23.546; 199 que deroga la Ley nº 27.555; 207 que deroga Artículo 28 y 275 de la Ley 20.744; 211 que deroga los artículos 10 y 16 y Ley 14.250; art. 107 que modifica el art. 7 de la ley 26844; todos ellos, contenidos en
la ley 27802 publicada en el Boletín Oficial.