SOBRE EL PROYECTO DE LEY 039/24 PARA REGULAR LAS CONCESIONES DE USO DE AGUA PÚBLICA CON DESTINO A LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

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La obtención de una renta como criterio de ejercicio de la soberanía representa, por parte de quien la recibe, una visión estática y extractivista de la cadena de valor sobre la cual esa renta se obtiene.

Supone la disponibilidad del recurso, pero implica el reconocimiento de la incapacidad de usar ese activo de manera dinámica, en base a políticas activas de desarrollo. O para ser más precisos, expone la inexistencia de un modelo de desarrollo basado en el ejercicio real de la soberanía sobre los recursos naturales.

En tiempos en los que las distintas provincias que cuentan dentro de sus territorios con generaciones hidroeléctricas estructuran sus agendas otorgando a su participación en la administración y gestión de estas un lugar preponderante, plantear una visión rentística antes que el tratamiento del proyecto de Soberanía Energética que descansa plácidamente en las comisiones de la legislatura es, como mínimo, inoportuno y desaconsejable.

Relevancia de la Soberanía Energética

La Soberanía Energética, debe incorporar criterios de política energética que planifiquen el desarrollo integral del territorio a partir de una complejidad de herramientas, entre las cuales, un canon debería ser lo menos importante y darle la mayor relevancia a la infraestructura, a la unidad provincial, a la integración territorial...SEGUIR LEYENDO EL DOCUMENTO COMPLETO

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